miércoles, 31 de julio de 2013

Justicia transaccional









Han cambiado un poco los bandos pero no los argumentos de una discusión que se repite cada cerca de cerca de diez años. Modificar las reglas de la justicia penal para integrar a los vencidos total o parcialmente, o incluso a los virtuales ganadores de algunas guerras, es una vieja costumbre nacional. Una costumbre acogida más por obligación que por gusto. El Estado sabe que la falta de capacidad se puede suplir con algo de “generosidad”.
 El primero de Octubre del 2003 Álvaro Uribe defendía su proyecto de ley para abrir la posibilidad de una negociación con los paramilitares: “…debe entenderse que en un contexto de 30.000 terroristas, la paz definitiva es la mejor justicia para una nación en la cual varias generaciones no han conocido un día sin actos de terror”. La frase habría podido estar en el reciente discurso de Juan Manuel Santos para instalar el Congreso. Mientras se tramitaba el proyecto de ley presentado por Mario Uribe y Claudia Blum para darle un “marco jurídico” a la mesa de Ralito, también se habló de los fundamentalistas de los Derechos Humanos convertidos en enemigos de la paz. En el poder se agita la bandera blanca y en la oposición en código penal.
Los académicos han hecho las cuentas de las amnistías e indultos firmados por sucesivos gobiernos en medio de las batallas partidistas. Desde José María Samper se ha repetido que hay que “perdonar y olvidar”. Durante el siglo XIX se firmaron diez y siete amnistías generales y durante el siglo XX fueron apenas nueve. Los indultos suman sesenta y tres. De modo que aquí todo el mundo ha tenido su pedacito de justicia transaccional. Algunas veces por una especie de reciprocidad entre conservadores y liberales, otras veces como estrategia política de un gobierno y otras por la simple incapacidad del Estado para lidiar con el poder de las mafias.
En la letra menuda de las excepciones también se repite la historia. La ley 77 de 1989 sancionada para la desmovilización del M-19, excluía de los beneficios a los homicidios fuera de combate o realizados con sevicia, al igual que a los actos de ferocidad o barbarie. Las excepciones para esa sevicia quedaron, si acaso, en un grupo de anécdotas judiciales. En la discusión de hoy el fiscal Montealegre ha dicho que no hay condenas por delitos de lesa humanidad contra los miembros del secretariado de las Farc.
También los narcos tuvieron su marco. Luego de los intentos fallidos de López Michelsen en Panamá se llegó la hora en medio de las bombas de finales de los ochenta. No eran necesarias las reformas constitucionales ni las audiencias públicas en la Corte Constitucional. Los decretos 2047 y 3030 armados entre el ministro Jaime Giraldo y los abogados de la mafia fueros suficientes. Más tarde esa justicia transicional para el cartel de Medellín se hizo permanente para acoger también al Cartel de Cali. La simetría es sinónimo de justicia. En esa época ya hablaba Pachito Santos. “Resulta inconcebible que haya pagado una pena menor de la que se aplica a una modesta ‘mula’ que carga drogas en el estómago”, dijo al ver en libertad a Gilberto Rodríguez. Durante su paso por la vicepresidencia pasó de la severidad al pragmatismo.

Las Farc miran por el retrovisor y piden lo propio para sus delitos atroces y sus supuestas intenciones altruistas. Algunos dicen que el tutelaje de la Corte Penal Internacional cambiará la historia de siempre. No lo creo. En diez años estaremos hablando de un marco jurídico para el “sometimiento” de las Oficinas en las ciudades. 

2 comentarios:

  1. El mejor castigo es el exilio, nada les puede doler más que no les paren bolas y que no puedan difundir sus ideas. Que los dejen 15 años en Oslo.
    Juguemos a La Luciérnaga a ver si me sale:
    "Pascual!? -Si doctor Peláez- qué pasó con los encapuchados de la de Antioquia, sí eran de las Farc? los cogieron o no?"
    Detallitos:
    "cerca de cerca de diez años"
    "en código penal." *el

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  2. Mientras haya hambre jamás habrá paz. No lo olviden !!!!

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