martes, 27 de marzo de 2018

Dosis de encarcelamiento





Es el tiempo de los carceleros, el tiempo de quienes prometen celdas más estrechas y penas más amplias. El código penal constituye su catálogo de ofertas preferido. Lo revisan con sed, ofrecen tapar rendijas y debilidades inexcusables. Es entendible por parte de los políticos, la ecuación más presos, menos pesos, para hablar de política criminal y tributaria es un lugar común en todas las campañas. Por eso, y por obedecer a la obsesión de su jefe, Iván Duque promete acabar con la dosis personal cuando han pasado casi 25 años de la sentencia de la Corte Constitucional que amparó a consumidores. Tal vez por eso quiera también acabar con la Corte. Y por eso Vargas Lleras dice en su publicidad que en 24 horas se dictarán las órdenes para encerrar a reincidentes.
Pero lo verdaderamente preocupante es que el Fiscal General siga la misma huella. Néstor Humberto Martínez, recordando el humor de su familia, salió hace poco con una caricatura sobre el fallo de la Corte Suprema que habló hace dos años de una “dosis de aprovisionamiento”. Según el fiscal esa jurisprudencia es un “escudo de la delincuencia organizada”, y para rematar su opinión soltó su gracia: “Si son 20 papeletas, el comerciante, el malandrín de la droga, dice que son las de la semana; si son 40, dice que son las de la quincena; si son 80 dice que son las del mes; y si es una tonelada, nos dice que son las del resto de su vida”.
Bajo la idea de ridiculizar a la Corte, el Fiscal queda un tanto en ridículo. Por desconocimiento o mentiroso. Uno de los fallos de aprovisionamiento dice claramente: “La Corte ha clarificado que incluso tratándose  de consumidores o adictos siempre se debe analizar si la finalidad de la posesión o tenencia del alcaloide era para su consumo personal, porque puede suceder que la cantidad supere exageradamente la requerida por el consumidor, o la intención sea sacarla o introducirla al país, transportarla, llevarla consigo, almacenarla, conservarla, elaborarla, venderla, ofrecerla, adquirirla, financiarla, suministrarla o portarla con ánimo diverso al consumo personal…” También dice el fallo que un jibaro que tenga en su bolsillo una sola papeleta podrá ser condenado por tráfico: “si el porte de dosis personal carece del nexo al propio consumo, o se advierte su comercialización, tráfico, o su distribución así sea gratuita, la conducta ha de ser penalizada al tener la  potencialidad de afectar los bienes jurídicos de salud pública…” Pero la Fiscalía quiere tirar su red sobre consumidores y traficantes como si fueran uno solo, pretende que su único elemento de investigación sea una balanza, no propiamente la de la justicia. Si solo fueran capaces de que los policías dejen de ser socios en tantas ollas, podrían hacer mejores capturas que las de un soldado con 40 gramos de marihuana o un albañil de San Roque con 5 gramos de perico que viene a “mercar”a Bello, dos de los casos claves sobre dosis de aprovisionamiento.
Pero si al mirar afuera, a la calle, se pifian fiscal y alcaldes de capitales, al mirar adentro, en las cárceles, la cosa es peor. En 9 años, entre 2005 y 2014, Colombia capturó a 727.091 personas por delitos relacionados con drogas, un 30% del total de capturas. Eso significa 80.000 capturas cada año por delitos de drogas, la mitad de los capturados son menores de 25 años, algunos jibaros fácilmente reemplazados, otros simples consumidores. Solo un 24% de los capturados por delitos de tráfico, fabricación y porte terminan con una condena. El resto pasan un pequeño purgatorio que los justicieros consideran escarmiento. Policía, Fiscalía y alcaldes pretenden que la huella del perro adiestrado tras el paquete los lleve hasta la condena, se les olvida que es necesario seguir las reglas constitucionales y esperar el olfato de los jueces.



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