La
gran mayoría de los mortales no enfrentarán en sus vidas los tormentos de un
juicio penal, ese espectáculo incomprensible que se aplaude con virulencia y
superioridad. Los procesos penales (y los disciplinarios y fiscales que son
entre nosotros algo así como ejercicios preparatorios) sirven en Colombia como
principal alimento para la política y los medios. Una investigación de la
fiscalía vale más que tres debates y una imputación tumba plenarias, alianzas y
reformas. Los medios conocen el gusto de su público, saben que el aleteo de una
mariposa en un juzgado puede provocar un terremoto en sus audiencias y redes,
de modo que confunden la justicia con las notificaciones. Azuzar es tal vez la
palabra más apropiada para ese ejercicio periodístico. Y como el derecho penal
no se mueve al ritmo de las ansias de la opinión ni de los acosos de las
redacciones, cunde la indignación y el ansia de desquite.
Hace
unos días la periodista Vicky Dávila fue condenada por el Tribunal Superior de Bogotá
a pagar 165 millones de pesos, de manera solidaria con la cadena RCN, a la
familia de Jorge Hilario Estupiñán, un coronel retirado de la policía. La condena
se fundamenta, entre otras, en la presión que la periodista ejerció sobre el
inspector de la policía nacional en 2014 cuando se investigaba posibles hechos
de corrupción del Coronel Estupiñán. Dávila reveló algunos audios durante la
entrevista al inspector general y lo instó a, por lo menos, suspender al
coronel: “esos hechos de corrupción no tienen vuelta de hoja”, sentenció en su
ejercicio acusatorio. Según el Tribunal la periodista “fue irresponsable, pues
se pretendió inmiscuir en el trámite de una investigación que desde todo punto
de vista se refleja el coercitivo ejercicio periodístico, pretendiendo
interferir en la actividad autónoma de los funcionarios encargados de la
investigación.” Además, señala que actúo de manera inquisitiva, con ironía y
sarcasmo, mejor dicho, al Tribunal no le gustó el tono de la entrevista. Más
adelante señala la función del periodismo y acota sus facultades: “la función
social de esta profesión [el periodismo] es informar, pero de manera alguna
puede ser el báculo para el ejercicio de presión infundada a cualquier ente
judicial y administrativo…”
Los
miembros del Tribunal de Bogotá son oyentes exigentes y con sentido crítico, no
les gusta el tono del “sistema radial acusatorio” que usa Dávila, y tienen una
idea sobre lo que debe ser el ejercicio del periodismo. Lo peligroso es que sus
críticas a una manera de hacer periodismo se conviertan en una condena, y que
sus opiniones sobre la tarea de los medios se traduzcan en restricciones a la
libertad de expresión. Los medios son un actor más en la democracia y ejercen
control y presión, es imposible que solo lean comunicados y transcriban
decisiones judiciales. Las opiniones, “así causen molestia o afecten el amor
propio de las personas”, tienen incluso una mayor protección según ha dicho la
Corte Constitucional. Muchas veces en la prensa se desconocen las garantías
necesarias en procesos penales y disciplinarios, se privilegia la condena por
encima de los derechos, pero los prejuicios, el afán de escándalo y los alardes
justicieros no pueden derivar en restricciones a la libertad de prensa vía
condenas civiles. La Corte ha protegido el contenido y el tono en el ejercicio
del periodismo, los magistrados del Tribunal pueden mover el dial o apagar el
radio, pero no dictar cátedra con los fallos como si fuera nota de
calificación.